Calculadora de Plusvalía Municipal de Icod de Los Vinos
La plusvalía municipal es uno de los impuestos que conviene calcular antes de vender, heredar o transmitir una vivienda en Icod de los Vinos. Su nombre técnico es Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, y grava el incremento de valor que haya experimentado el suelo urbano desde la fecha de adquisición hasta la fecha de transmisión.
En Icod de los Vinos, esta calculadora aplica un tipo de gravamen del 25 %, según la información incorporada en la propia herramienta. El cálculo parte siempre del valor catastral del suelo, que aparece en el recibo del IBI, y no del valor total del inmueble. Este punto es esencial porque una vivienda puede tener valor de suelo y valor de construcción, pero la plusvalía municipal se calcula únicamente sobre la parte correspondiente al terreno.
La fórmula básica del método objetivo es:
Valor catastral del suelo × coeficiente = base imponible.
Después se aplica el tipo municipal:
Base imponible × tipo de gravamen = cuota estimada.
La calculadora de Icod de los Vinos utiliza los coeficientes máximos estatales vigentes desde el 1 de enero de 2024, conforme al artículo 107.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y a la remisión prevista en la ordenanza municipal. Esto permite estimar la base imponible en función del tiempo transcurrido entre la adquisición y la transmisión.
Además del método objetivo, la herramienta permite calcular por método real. Este sistema compara el valor de adquisición y el valor de transmisión para comprobar si el incremento efectivo atribuible al suelo es inferior al resultado obtenido por coeficientes. Para aplicarlo correctamente hacen falta el valor de adquisición, el valor de transmisión, el valor catastral total y el valor catastral del suelo.
El método real puede ser especialmente útil en viviendas que se venden con poca ganancia, inmuebles heredados, propiedades adquiridas hace muchos años o transmisiones donde el precio actual está muy ajustado al precio de mercado. Si el incremento real proporcional del suelo es cero o negativo, puede encajar la inexistencia de incremento prevista en la ordenanza, siempre que se acredite con los títulos de adquisición y transmisión.
En herencias, Icod de los Vinos tiene una particularidad que debe revisarse con atención. La calculadora incorpora una bonificación mortis causa estimada según el artículo 10.1 de la ordenanza, con tramos según el valor catastral del suelo y condiciones aplicables. La herramienta distingue entre vivienda habitual del causante y otros inmuebles heredados sin cesión con contraprestación, por lo que no conviene aplicar la bonificación sin comprobar el tipo de inmueble, el parentesco, la documentación y la presentación dentro de plazo.
Antes de publicar una vivienda en Icod de los Vinos, la plusvalía municipal debe revisarse junto con el IRPF por ganancia patrimonial, los gastos de venta, la posible cancelación de cargas, la situación registral, la documentación técnica y el origen de la adquisición. No es lo mismo vender una vivienda en el casco, una propiedad en Buen Paso, una casa en El Amparo, un inmueble en La Mancha o un apartamento en Playa de San Marcos. Cada caso tiene un mercado, una fiscalidad y un neto final distinto.
Calcular estos importes antes de salir al mercado permite fijar un precio de mercado con más seguridad. El propietario no necesita saber solo cuánto puede pedir por su vivienda, sino cuánto recibirá realmente después de impuestos, gastos y trámites necesarios para cerrar la operación correctamente.
Calculadora de Plusvalía Municipal – Icod de los Vinos (IIVTNU)
Calcula tu plusvalía municipal (IIVTNU) en Icod de los Vinos según la ordenanza fiscal. Puedes elegir entre el método objetivo (valor catastral del suelo × coeficiente), el método real (incremento real proporcional del suelo) o comparar ambos resultados. El tipo impositivo aplicado es del 25%.
Base legal y coeficientes
<1 año 0,15 · 1 año 0,15 · 2 años 0,14 · 3 años 0,14 · 4 años 0,16 · 5 años 0,18 · 6 años 0,19 · 7 años 0,20 · 8 años 0,19 · 9 años 0,15 · 10 años 0,12 · 11 años 0,10 · 12 años 0,09 · 13-15 años 0,09 · 16 años 0,10 · 17 años 0,13 · 18 años 0,17 · 19 años 0,23 · ≥20 años 0,40.
Bonificación mortis causa: art. 10.1 (tramos según VC_suelo y condiciones).
El resultado de esta calculadora es una estimación orientativa de la plusvalía municipal en Icod de los Vinos. La cifra definitiva dependerá de los datos reales del inmueble, de las fechas de adquisición y transmisión, del valor catastral del suelo, de la posible aplicación del método real, de la bonificación que proceda en herencias y de la ordenanza vigente en el momento de presentar la liquidación o declaración.
En el método objetivo, el cálculo parte del valor catastral del suelo, aplica el coeficiente correspondiente al periodo de generación y calcula la cuota con el tipo de gravamen del 25 %. La herramienta trabaja con los coeficientes máximos estatales vigentes desde el 1 de enero de 2024, por lo que permite obtener una primera referencia cuando se conocen las fechas exactas y el dato catastral correcto.
El método real permite comprobar si el incremento efectivo del suelo es inferior al resultado del método objetivo. Para ello se compara el valor de adquisición con el valor de transmisión y, cuando existe construcción, se aplica la proporción que representa el suelo sobre el valor catastral total. Este análisis puede cambiar el resultado en operaciones con poca ganancia, herencias recientes, ventas ajustadas o inmuebles adquiridos en momentos de mercado muy diferentes.
Si no existe incremento de valor, la cuota puede resultar inexistente, pero debe acreditarse. La propia herramienta advierte que, cuando el incremento real proporcional del suelo es igual o inferior a cero, suele encajar la inexistencia de incremento prevista en la ordenanza, aportando la documentación de adquisición y transmisión. Por eso no basta con calcular: hay que conservar escrituras, valores declarados, recibo del IBI y cualquier documento que permita defender el resultado.
En transmisiones por herencia, la calculadora de Icod de los Vinos permite estimar la bonificación mortis causa prevista en el artículo 10.1 de la ordenanza. Este punto debe revisarse con cuidado porque la bonificación depende del tipo de inmueble heredado, del valor catastral del suelo, de las condiciones exigidas y de la solicitud en plazo. La herramienta distingue entre vivienda habitual del causante y otros inmuebles sin cesión con contraprestación, por lo que cada herencia debe analizarse antes de presentar la declaración.
La plusvalía municipal no debe mirarse de forma aislada. En una venta en Icod de los Vinos también hay que revisar el IRPF por ganancia patrimonial, posibles gastos de cancelación de hipoteca, certificados, cargas registrales, documentación hereditaria si procede y otros costes que puedan afectar al importe neto final. La fiscalidad puede cambiar mucho según se trate de vivienda habitual, segunda residencia, herencia, donación o propiedad adquirida hace muchos años.
Icod de los Vinos tiene realidades inmobiliarias muy distintas dentro del mismo municipio. Una vivienda en Playa de San Marcos puede responder a una demanda diferente a la de una casa en Buen Paso, El Amparo, La Mancha, La Florida o el casco. Por eso, el cálculo fiscal debe acompañar siempre a la valoración de mercado: precio probable de cierre, perfil del comprador, documentación y neto del propietario tienen que encajar desde el principio.
Antes de fijar el precio de mercado, conviene saber cuánto quedará realmente después de impuestos y gastos. Esta calculadora ayuda a ordenar esa decisión, pero el resultado debe revisarse con los documentos reales del inmueble antes de firmar, especialmente si hay herencia, fechas antiguas de adquisición, varios titulares, valores catastrales relevantes o dudas entre método objetivo y método real.
