INMOBILIARIA EN TENERIFE
En CB Tu Hogar, atendemos a numerosos propietarios interesados en gestionar propiedades que han recibido por herencia o donación. Con la normativa fiscal actual en Canarias, la bonificación del 99,9% en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD) facilita la transmisión de bienes familiares, manteniendo a Canarias como una de las comunidades con condiciones fiscales más favorables para herencias y donaciones.
A continuación, revisamos los detalles clave de la legislación vigente para heredar o donar inmuebles en Canarias y las acciones necesarias para vender o gestionar estos bienes.
Desde el 6 de septiembre de 2023, Canarias aplica una bonificación general del 99,9% en el ISD para los grupos familiares más cercanos, gracias al Decreto Ley 5/2023:
Herencias (Mortis Causa): Esta bonificación aplica a descendientes, ascendientes, cónyuges y otros familiares cercanos (Grupos I, II y III). En la práctica, la mayoría de los herederos no tendrán que pagar impuestos sobre sucesiones en Canarias, lo cual representa una gran ventaja fiscal.
Donaciones (Inter Vivos): Para las donaciones, la bonificación del 99,9% se limita a descendientes, ascendientes y cónyuges (Grupos I y II). Además, la donación debe formalizarse en una escritura pública ante notario para que sea válida a efectos fiscales. Esta medida permite que muchos padres y abuelos puedan transferir bienes en vida sin que el beneficiario tenga que asumir una carga impositiva importante.
Bienes de Alto Valor: Aunque el tratamiento fiscal es muy favorable, es importante señalar que en casos de herencias o donaciones que excedan valores significativos (por ejemplo, un millón de euros), podría ser necesario pagar impuestos sin bonificación o con una aplicación parcial.
Para aquellos que deseen conservar el bien heredado o donado pero no puedan cubrir el coste del impuesto, la ley permite aplazamientos o fraccionamientos del pago, con un periodo de hasta un año y con intereses de demora aplicables.
Si has heredado una propiedad y deseas venderla, es imprescindible completar los siguientes pasos para regularizar la situación del inmueble:
Tramitación de la Sucesión: Para formalizar la herencia, el heredero debe presentar el Modelo 650 en la Oficina Liquidadora de la Hacienda Canaria, declarando los bienes recibidos. Este proceso incluye el pago del impuesto si es aplicable, aunque con la bonificación del 99,9% es poco probable que haya un coste significativo para herencias normales.
Escritura Pública de Herencia: Una vez liquidado el ISD, es necesario acudir a un notario para formalizar la escritura de aceptación de herencia, lo cual actualizará la titularidad de los bienes en el Registro de la Propiedad a nombre del heredero.
Inscripción en el Registro de la Propiedad: Tras la aceptación de la herencia, la inscripción en el Registro de la Propiedad asegura que el inmueble esté oficialmente a nombre del heredero, lo cual es fundamental para poder venderlo.
Certificado de Pago de IBI y Plusvalía Municipal: En el momento de la venta, se deben tener al día el pago del IBI y la Plusvalía Municipal. Este último es un impuesto que el ayuntamiento cobra sobre el aumento del valor del suelo desde la adquisición hasta la transmisión. Aunque la Plusvalía Municipal debe abonarse, también existen reducciones en función del tiempo que se haya poseído el inmueble.
En CB Tu Hogar, te brindamos un servicio integral para gestionar la venta o la transferencia de propiedades heredadas o donadas. Nuestro equipo de asesores inmobiliarios y fiscales se encargará de:
CB Tu Hogar, tu inmobiliaria en Tenerife, se compromete a que el proceso de herencia o donación sea sencillo y libre de complicaciones, para que puedas maximizar el valor de tus bienes sin preocuparte por los trámites. Contáctanos y descubre cómo podemos ayudarte a vender o gestionar tu inmueble en Canarias.
Actualizado octubre 2024